13/08/2026

EN LA PIEDAD TAMBIÉN SE MANIFESTARON EN CONTRA DE LA SOBRERREPRESENTACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS

By Editor-RGA Ago 12, 2024

• Algunos ciudadanos se manifestaron en las afueras del módulo del Registro Federal de Electores en la calle Ocampo en la zona Centro
• Portaron pancartas y dieron información

Con un escrito dirigido a los Consejeros Nacionales del INE, ciudadanos de esta localidad se manifestaron también este fin de semana en las afueras del módulo del RFE en la calle Ocampo.
Ahí, algunos integrantes del Frente Cívico Nacional La Piedad, como Rafael Ayala Villalobos dieron lectura a dicho documento en el que se leen algunos puntos.
En el primero de ellos señalan que la sobrerrepresentación de una fuerza política en la Cámara de Diputados es una distorsión de la voluntad de los ciudadanos que la Constitución acota, precisamente para que haya correlación cercana entre el porcentaje de votos obtenidos y el porcentaje de curules asignadas, como el propio INE lo reconoció en un acuerdo elaborado en diciembre del 2023 en donde especificó que “el número de votos sea lo más parecido al número de curules obtenidos en los órganos legislativos, pues la Representación Proporcional no es otra cosa sino el mecanismo para garantizar el pluralismo político, reflejo directo de la voluntad popular”.
Resaltaron por tanto, que sin tener facultades y atentando contra la autonomía de las autoridades electorales, la Secretaría de Gobernación proyecta una sobrerrepresentación mayúscula que le otorga al oficialismo la mayoría calificada que no obtuvo en las urnas y proyecta una composición de la Cámara de Diputados que nada tiene que ver con la correlación de fuerzas establecida en las urnas el 2 de junio.
En el documento se lee también que la Constitución establece dos límites claros en la traducción de votos en escaños. El primero, que entre porcentaje de votos y de escaños no puede existir una diferencia mayor del 8 por ciento. El segundo, que ninguna fuerza política puede tener más de 300 diputados.
Por tanto, los ciudadanos coincidieron en señalar que el oficialismo obtuvo el 54 por ciento de los votos y el tope constitucional a la sobrerrepresentación es del 8 por ciento. Sin embargo, el gobierno federal pretende que le asignen el 74 por ciento de la Cámara y, por tanto, se reduzca al conjunto de la oposición al 26 por ciento, siendo que obtuvieron el 42 por ciento de los sufragios.
“Pero existe otro límite, como ya apuntábamos. Un objetivo explícito de las reformas electorales de la última década del siglo pasado es que ninguna fuerza pudiera por sí sola modificar la Constitución. Prueba de ello no solo es el tope a la sobrerrepresentación, sino también lo es la prohibición expresa para que un partido tenga más de 300 diputados”.
En el quinto punto que remarcaron, establece que, si se otorga la sobrerrepresentación al oficialismo en la Cámara de Diputados, se le permitirían a éste modificar la Constitución ignorando al 46 por ciento de los electores que no votaron por ellos, es decir, a más de 27 millones de ciudadanos.
Así, expusieron, con solo el 54 por ciento de los votos, el oficialismo busca cambiar unilateralmente el régimen político, acabando con la división de poderes, eliminando todos los contrapesos y controlando las elecciones desde el gobierno. Cambio de reglas impuestas por el grupo en el poder para enquistarse en el poder.
Todo esto, basados en un criterio de la SCJN, vuelto jurisprudencia, que fue elaborado por Olga Sánchez Cordero.
Como ya se mencionó, la reforma de 2007 que separó a los emblemas en las coaliciones tenía como objetivo explícito evitar la transferencia de votos al margen de la voluntad del elector, pero eso es precisamente lo que pretenden hacer con un simple acuerdo administrativo de la coalición oficialista, destacaron.
Por todo lo anterior, demandaron que prevalezca una interpretación histórica, sistemática, teleológica y garantista que preserve el espíritu de la Constitución y los derechos de las minorías, respetando el límite de 300 diputados para la coalición oficialista. Con ello se cumpliría, además, con el principio propersona establecido en el artículo primero, el cual, como lo ha determinado la SCJN, es la lupa con la que debe leerse todo el texto constitucional. Así que solicitaron al INE no violar la Constitución.

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